jueves, 23 de diciembre de 2010

La reforma del Código Penal Español tipifica delitos reclamados por la sociedad

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La "ciutat de la Justicia" de Barcelona

El nuevo Código Penal regula nuevos delitos en cumplimiento de las exigencias tanto de la Unión Europea (UE) como de la sociedad. Entre las figuras de nueva creación aparecen la trata de seres humanos, que se sancionará con penas de entre cinco y ocho años de prisión y busca castigar la explotación de personas con fines laborales, sexuales o para extraer sus órganos. También se penaliza el tráfico de órganos y a las personas que hayan aceptado un trasplante si saben que el origen del órgano es ilícito.
Otro bloque de novedades lo integran los delitos informáticos que penan a las personas que acceden sin autorización a datos o programas. Esta conducta está castigada con penas de prisión de seis meses a dos años. También se penaliza la destrucción de datos de sistemas informáticos y la comisión de fraudes o estafas a través de la red.
Asimismo se incrimina el acoso laboral, que se recoge en los delitos de torturas y contra la integridad, y el acoso inmobiliario para proteger el derecho de disfrute de la vivienda por parte de propietarios e inquilinos. Además, a partir de hoy serán delito el maltrato a los animales y la corrupción deportiva. También se regula el delito de piratería, que será castigado con penas de entre 10 y 15 años de prisión.
MODIFICACIONES
Medioambiente más seguro
El Código Penal modifica el castigo de algunos delitos para agravar conductas como los delitos medioambientales, contra el urbanismo y el cohecho. Sin embargo, la reforma beneficia a los llamados muleros (los que transportan drogas en su cuerpo) y a los manteros.
En relación a los delitos contra el medioambiente se establece que las empresas que han ganado un concurso por una comisión no podrán volver a obtener un contrato con administraciones públicas. También se definen seis nuevas formas de contaminación frente a la única que recogía el Código Penal de 1995. Y se amplía la persecución contra las obras ilegales y clandestinas.
Por otro lado la nueva norma introduce criterios de proporcionalidad en la persecución del tráfico de drogas. Los jueces soltarán a casi 200 traficantes al rebajarse la sanción del transporte de nueve años a seis. No obstante, esta rebaja no se podrá aplicar a los narcos que estén integrados en una organización.
Asimismo, deja de considerarse delito y pasa a ser falta el top manta, aunque esta actividad es cada vez menos habitual en las calles.
CRÍMENES SEXUALES
Protección de los menores
En el preámbulo del Código Penal se explica que la nueva norma opta por aumentar el nivel de protección de las víctimas y especialmente de las más desvalidas. Además, incorpora las directivas de la Unión Europea para luchar contra la explotación sexual de los niños, incluida la pornografía infantil.
El nuevo texto endurece la práctica totalidad de los delitos en los que las víctimas son menores y en algunos casos duplica las penas. Por ejemplo, los abusos sexuales básicos pasan a ser castigados de tres años a seis cuando antes de penalizaban con dos y tres años de cárcel.
El delito de abusos agravado se eleva a entre cuatro años y seis meses y seis años. En el caso de que la víctima se encuentre en situación de total indefensión por su escaso desarrollo intelectual o físico o cuando sea menor de cuatro años, la pena alcanzará los 15 años de prisión en el supuesto de que el ataque sexual haya sido con penetración. También se incrimina la captación de menores para participar en espectáculos pornográficos y el ofrecimiento de pornografía infantil. Y se persigue al cliente de prostitución cuando la relación afecte a menores.
Asimismo, se castiga a los adultos que contacten con menores a través de internet y a los que se acerquen a ellos mediante coacción, intimidación o engaño.
Este endurecimiento de penas ha sido criticado por algunos expertos que consideran que pueden llevar al delincuente sexual a aumentar sus delitos, ya que además de violar puede tener la tentación de asesinar a su víctima para evitar testigos de sus actos.
MULTIRREINCIDENTES
Contra asaltos y robos de carteras
Uno de los delitos que causan mayor alarma social es el que cometen los carteristas. Muchos ayuntamientos habían reclamado un endurecimiento de los castigos para esta conducta que no tenía respuesta penal si la cantidad sustraída no superaba los 400 euros. Ahora el nuevo texto castiga con penas de prisión de seis meses a 18 meses a los carteristas que repitan esta conducta en el plazo de un año, siempre que el montante acumulado en sus hurtos supere la cantidad de 400 euros.
Sin embargo, los expertos consideran que esta mayor severidad no va a resultar demasiado eficaz, ya que solo busca criminalizar hechos nimios y no servirá para evitar la comisión del delito.
Otra novedad del texto es la creación de la figura de asociación transitoria para delinquir, con el fin de agravar, por ejemplo, los asaltos a chalets o los alunizajes en escaparates comerciales. Esta regulación impondrá una pena adicional de uno a tres años de cárcel a las personas que se agrupen ocasionalmente para cometer delitos.
En cuanto al cumplimiento de las penas, los condenados a más de cinco años de cárcel tendrán que haber cumplido la mitad de su condena para optar al tercer grado y los terroristas y los delincuentes sexuales podrán permanecer en libertad vigilada durante 10 años. Por ello, deberán estar localizables, no podrán acercarse a sus víctimas y no podrán vivir en determinados lugares.
Por MARGARITA BATALLAS from elperiodico.com 23/12/2010

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