sábado, 31 de mayo de 2014

Ya se puede reclamar ‘el derecho al olvido’ en Google


Varios miles de ciudadanos europeos han solicitado al buscador que retire enlaces a informaciones personales



Dos semanas después de que el Tribunal Europeo reconociera el derecho de los ciudadanos a retirar datos de carácter personal en Internet, Google ha decidido poner los medios para que puedan ejercerlo y hacer así efectivo el llamado “derecho al olvido”. La compañía ha diseñado un formulario web a través del cual se podrá solicitar la eliminación de los resultados del buscador cuando un usuario introduce su nombre, según ha anunciado este viernes. Cada petición será analizada de forma individual y la decisión que adopte la multinacional intentará encontrar un equilibrio entre el derecho de privacidad y el derecho a conocer y difundir información.

Si determinadas búsquedas son de interés público (por ejemplo, una noticia sobre estafas financieras, negligencias profesionales, condenas penales o comportamientos públicos de funcionarios poco ejemplares) deberá ponderarse si prevalece el derecho de los ciudadanos a la información. El Tribunal Europeo consideró que solo se suprimirán aquellos datos que resulten lesivos para el usuario y sean irrelevantes y que hasta ahora estaban obligados a vivir eternamente en Internet. Informaciones banales que sean claramente dañinas podrán permanecer ocultas a los ojos de los demás. Eso no significa que se reescriba la historia o se alteren las hemerotecas.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que durante varios años ha reclamado a Google que activara mecanismos para garantizar la vida privada de los ciudadanos, celebra que el buscador haya puesto en marcha una herramienta “para comunicar y resolver las eventuales lesiones de sus derechos causadas por el buscador al difundir información personal sin ninguna relevancia ni interés público”, según ha señalado el director de la AEPD, José Luis Rodríguez Álvarez. Este organismo, que vela por el respeto a la privacidad, ha tramitado alrededor de 220 reclamaciones. Recurridas por Google ante la Audiencia Nacional, estaban pendientes del fallo del Tribunal de Luxemburgo.
 “La sentencia obliga a Google a hacer juicios difíciles sobre el derecho del individuo a ser olvidado y el derecho público a saber”, dice Google. Para conjugar ambos, la compañía ha constituido un comité asesor de expertos. Su misión será clarificar en qué casos los ciudadanos podrán reclamar que se borren sus datos de carácter personal. Han de ser irrelevantes y carecer de interés público, tal y como especificaba el Tribunal Europeo en su sentencia. Este comité estará liderado por el presidente de la compañía, Eric Schmidt, y en él participarán desde el director de Wikipedia, Jimmy Wales, hasta académicos y representantes de los organismos reguladores de protección de datos de los países europeos. Entre ellos figura el exdirector de la AEPD José Luis Piñar, actualmente catedrático de Derecho Administrativo y vicerrector de Relaciones Internacionales de la Universidad San Pablo (CEU); además de Frank La Rue, relator especial de la ONU para la protección del derecho a la libertad de expresión; Luciano Floridi, profesor de Filosofía y Ética de la Universidad de Oxford, y Peggy Valcke, de la Universidad de Lovaina. Floridi ha comentado que este comité consultivo internacional creado para evaluar los problemas éticos y jurídicos que plantea Internet requerirá “un pensamiento profundo”.
Google asegura que su intención es trabajar de cerca con las autoridades de protección de datos de los distintos países para “implementar” el borrado de enlaces. El usuario deberá indicar si considera que los resultados de búsqueda que incluyen su nombre son “inadecuados, no pertinentes o ya no pertinentes, o excesivos desde el punto de vista de los fines para los que fueron tratados.
Desde un punto de vista técnico, Google reconoce una cierta complejidad al tener que trabajar en muchos idiomas. “Confiamos en que sea un proceso ágil”, afirma una portavoz la compañía, consciente de que con el tiempo “se irá refinando el procedimiento”. Sin embargo, considera que es pronto para determinar en qué plazos se atenderán y se resolverán las peticiones. “Hay que comprobar que los formularios hayan sido completados correctamente. Además, habrá que informar a las autoridades de protección de datos y estar coordinados con la web de origen”, explican fuentes de la compañía.
De hecho, la AEPD recuerda que el procedimiento a seguir pasa, en primer lugar, por dirigirse a quien está tratando sus datos y si este no atiende la petición, el afectado podrá acudir a la agencia para que revise su caso. Este organismo evaluará si la reclamación se atiende o se desestima y se dirigirá a los responsables para que se supriman determinados enlaces.
El cuestionario de Google deberá rellenarse con el nombre completo para el que se solicita que se retiren los resultados de búsqueda y los enlaces asociados que se desean suprimir. Para poder evaluar las peticiones Google solicita que se indique la URL (que se puede encontrar en la barra del navegador). Además, se deberá explicar -en el caso de que existan dudas- los motivos por los que la página enlazada se refiere al usuario en cuestión, y por qué esos contenidos son irrelevantes o resultan obsoletos. La compañía exige que el interesado se identifique mediante un documento con foto (DNI, permiso de conducir) para verificar la identidad de la persona que reclama la supresión de enlaces. Pretende evitar así solicitudes fraudulentas o las de aquellas personas que suplanten el nombre de otras para perjudicarlas o para remover información legal con el único objetivo de perjudicarlas.
Borrar la información obsoleta, como en su día reclamó el abogado Mario Costeja, que fue el detonante de la sentencia del Tribunal de Luxemburgo, será posible, al menos en Google. Otros buscadores deberán establecer igualmente mecanismos para que los usuarios puedan reclamar también salir de Internet.

 Madrid 30 MAY 2014 - 09:31 CEThttp://tecnologia.elpais.com/tecnologia/2014/05/30/actualidad/1401435080_160337.html

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.