sábado, 22 de diciembre de 2018

¿Quién se queda al perro después de un divorcio?

¿Quién se queda al perro después de un divorcio?
perrosdivorcio (absolutimages / Getty Images/iStockphoto)


Tal vez tengas que llamar a un abogado


Ahora muchas parejas de millennials no tienen hijos, en su lugar tienen lo que se conoce como perrijos y gatijos, a los que miman y quieren como si fuesen bebés humanos. No obstante, esta nueva tendencia conlleva los mismos problemas que si lo fuesen, puesto que a la hora de una separación surge la misma pregunta: ¿Y ahora quién de los dos se queda con los peludos?
Tras una ruptura muchos se ven obligados a mantener una relación, en la medida de lo posible, cordial por el bien de sus retoños de cuatro patas. Una situación que, en función de la causa por la que se haya dejado la relación, puede ser más o menos traumática (no solo para los ‘padres’, sino también para el animal que anda de un lado para otro todo el día).

¿Qué hacer ante una ruptura?


Según los datos proporcionados por la Fundación Affinity, el 49,3% de los hogares españoles tienen una mascota, no obstante, nuestro país es el cuarto dentro de la Unión Europea con mayor tasa de divorcios (más de 160.000 cada año). Una complicación más a sumarse cuando se produce una separación.
Aunque en 2017 se aprobó en el Congreso de los Diputados la ley que permitía modificar que los animales dejasen de ser considerados como ‘cosas’ y pasasen a ser seres vivos y ‘sintientes’, aún continúan bajo la categoría de ‘bienes muebles’ en el Código Civil, tal y como apunta la Fundación Affinity. Algo que, a efectos legales, hasta ahora suponía un vacío legal que dificultaba mucho a la hora de decidir qué miembro de la pareja debía quedarse con el peludo.
Lola García, especialista en derecho Civil y miembro de Baluarte Abogados, aclara que esta iniciativa contó con el respaldo unánime de todos los grupos parlamentarios: “Aunque aún deberán debatirse algunas enmiendas que se han presentado para mejorar el proyecto inicial, es una señal de que hemos conseguido cambiar nuestra mentalidad y ver a los animales como seres dotados de sensibilidad y con capacidad para sentir dolor, felicidad y tristeza, nada que ver con un mueble o un zapato”.
Con este cambio, tu perro dejará de ser ante los ojos de la ley lo mismo que la termomix o la tele de plasma que comprasteis en rebajas. De hecho, a principios de este año, ya se celebró en Tarragona el primer juicio por la custodia de Leben, un dogo de siete años, tras la separación de sus dueños.
“La consideración de ‘ser vivo’ la han tenido siempre, ahora el adjetivo que se les aplica es el de sintientes. Por primera vez queda reflejado el papel de los animales teniéndose en cuenta tanto su bienestar como el interés de los miembros de la familia y los tiempos de disfrute”, señala la abogada.

¿Entonces quién se lo queda?


García explica que, a pesar de estas reformas, el derecho de propiedad es incuestionable. No obstante, aunque en el registro de identificación animal de cada comunidad autónoma solo puede aparecer inscrito el nombre de uno de los dos como propietario, se puede acreditar que el perro es común aportando pruebas sobre el pago de la alimentación, veterinarios, fotografías… “En esos casos, la otra parte deberá demostrar que es de ambos, que el cuidado del animal ha sido realizado y sufragado por los dos…”, explica la abogada.
Desde el Grupo de Trabajo de Terapias Asistidas con Animales y Bienestar Animal del COPC (Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña) coinciden en que menos en los casos en los que el animal ya pertenecía a uno de los miembros de la pareja antes de contraer matrimonio, si es fruto de la relación conjunta deberá consultarse con un jurista, dado que aún podría estar considerado como bien común de la pareja”.
No obstante, y dado que son seres vivos al igual que nosotros, los expertos del COPC señalan que no siempre coincide la figura del propietario con la de la persona que tiene mayor vínculo afectivo humano–animal, puesto que esta afinidad surge de forma espontánea, a base de la convivencia y el tiempo, en función de los hábitos o la disponibilidad para cuidar al animal de cada uno. No es de extrañar que uno sea el que adopte o adquiera el animal, pero al final sea otro el que se encargue de él día a día. Por ello, la nueva normativa supone un beneficio en este aspecto.
Lo ideal es que ambos lleguen a un acuerdo amistoso –si están interesados en seguir cuidando a su perrijo o gatijo de manera conjunta– de forma que se pueda llegar a una custodia compartida en la que se establezcan regímenes de visita: por ejemplo, que viva durante la semana con uno y pase los fines de semana con otro, alternarse las fiestas y vacaciones, hacerse cargo uno cuando el otro debe trabajar…vamos, como un hijo.
Según García, los periodos de la custodia compartida se pueden fijar según las indicaciones de las partes. En cuanto a las visitas, afirma que no son muy habituales, ya que cada uno tiene al perro en su casa cuando le toca. No obstante, indica que si el problema es verle la cara a tu ex y te sientes incapaz de coincidir con él o ella, se puede acordar la entrega a través de un veterinario, una peluquería canina…
Debido a seguir siendo considerados como ‘cosas’, si se trata de custodia única, uno de los miembros tendrá que indemnizar al otro con la parte proporcional ¿Quién quiere dinero cuando se trata de amor por tu peludo? Sin embargo, si uno de los dos no tiene especial cariño por el animal, puede cedérselo al otro.
Lo lógico es que, si se ha producido una separación de bienes, la custodia recaerá en aquel que adquirió el animal. Si hay hijos (humanos) de por medio, la ley respalda no separar a los pequeños de sus mejores amigos de cuatro patas.
En caso de maltrato o abandono por parte de alguno de los miembros, es denunciable: “Se debe interponer una denuncia para solicitar la retirada del animal de forma inmediata. Hay que recordar y hacer especial hincapié que maltratar a un animal es un delito tipificado en el art. 337 del Código Penal, que lleva aparejado penas de prisión”, puntualiza la abogada.
Además, asegura que hay una estrecha relación entre el maltrato animal y la violencia de género: “algunos maltratadores utilizan a los animales de la familia para vengarse de las mujeres. Muchas de ellas no llegan a abandonar a sus parejas por miedo a que los maten”.

¿Cómo os afecta a todos esta situación?


Antes que tus propios intereses o vuestras luchas internas, lo primordial es el bienestar de los peludos. Según explican desde el COPC, en el caso de los canes, algunas personas defienden que tienen a sus ‘amos’ como ‘sus padres’, no obstante, los expertos consideran “poco riguroso establecer este paralelismo entre el sentimiento que nos genera un animal y el que se tiene hacia los hijos”.
Asimismo, explican que el vínculo humano-animal implica cuatro principios básicos: seguridad, intimidad, afinidad y constancia. “En el caso de un divorcio, es importante tener en cuenta que al verse arrebatados estos cuatro pilares implica un proceso de duelo. La diferencia, en este caso, puede venir dada por el hecho de que la separación del animal no tiene por qué ser total o definitiva, lo que podría ayudar a minimizar el sentimiento de pérdida”, indican.
Por otro lado, si hay niños implicados, aseguran que se tiene que tener en cuenta que éstos suelen crear un fuerte vínculo con los animales, algo que también respalda la jurisprudencia. García explica que niños y mascotas forman un ‘pack’, siempre y cuando el animal sea de ambos progenitores. Si los padres tienen una custodia compartida de los hijos menores, lo más habitual es que el perro se mueva con los niños.
¿Cuál es la mejor manera de gestionarlo? Los expertos opinan que lo mejor es llegar a un consenso sobre cuál de los miembros de la familia tiene el vínculo más fuerte y obrar en consecuencia. En el caso de que ambos lo tengan, recomiendan como solución ideal acordar repartirse el tiempo con el animal a partes iguales.
Aunque con estas ‘idas y venidas’ se ha de tener especial cuidado para no causar estrés a nuestros mejores amigos. En el caso de los gatos, según señalan desde el COPC, son de naturaleza muy territoriales y sensibles a los cambios, por lo que esto podría repercutir en su salud.
Por desgracia, si la ruptura no es amistosa y hay falta de consenso,deberá acudirse a un abogado para que encuentre una manera por medio de la vía legal para resolver el problema, eso sí, siempre mirando lo mejor para nuestros mejores amigos.

Por su parte, desde la plataforma Easyoffer –para la que también colabora García– también luchan porque, además de ser considerados seres vivos sintientes, tengas derecho a solicitar dos días de permiso remunerado en caso de que fallezca tu peludo, así como una propuesta para la creación de un turno de Oficio Penal específico de protección y defensa de los animales.

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